Aprueba IEQROO candidatos independientes sólo en 4 municipios

Sólo en los municipios de Felipe Carrillo Puerto, Benito Juárez, Cozumel y Solidaridad podrán registrarse candidatos independientes a presidentes municipales, pues sólo allí los ciudadanos que solicitaron ese derecho alcanzaron a reunir los apoyos de al menos el 2 por ciento de los electores que establece la ley, declaró esta noche en sesión el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo.

Conforme al acuerdo aprobado hoy, Celestino Palomo Balam podrá registrarse como candidato independiente a alcalde en Felipe Carrillo Puerto, lo mismo que Gelmy Candelaria Villanueva Bojórquez en Benito Juárez y José Fernan Salazar Medina en Cozumel, junto con los miembros de sus planillas.

En el caso de Felipe Carrillo Puerto, donde hubo dos planillas de aspirantes inscritas para reunir respaldos ciudadanos, no alcanzó el derecho de registrar candidatura el ciudadano Quintín Cervera Méndez, al tener menos apoyos que Celestino Palomo Balam.

Mientras que en el caso de Solidaridad, se declaró que tienen derecho a solicitar el registro los miembros de la planilla, pero no el aspirante a candidato a presidente municipal, Juan Bautista Espinosa Palma, en tanto no compruebe que no es directivo municipal del Partido Acción Nacional (PAN).

Mientras tanto, el expanista Luis Ortiz Cardín, en Othón P. Blanco, y Gabriel Sifri Jiménez, en Tulum, no alcanzaron a reunir el respaldo de al menos el 2 por ciento de los ciudadanos de sus municipios, por lo que se declaró desierto el proceso de selección de candidatos independientes en ambas demarcaciones, de modo que ambos ciudadanos no podrán participar en la elección constitucional.

Como se recordará, el plazo para que los aspirantes presidentes municipales de manera independiente pudieran reunir sus apoyos inició el pasado 4 de abril y terminó el día 18.

En el caso de los aspirantes que se registraron, el de Othón P. Blanco debía tener un respaldo de al menos 3 mil 162 ciudadanos; en Felipe Carrillo Puerto, 934; en Cozumel, un mil 225; en Solidaridad, 2 mil 551; en Benito Juárez, 9 mil 517; en Isla Mujeres, 324; y en Tulum, 444.

Los únicos municipios de donde no se presentaron solicitudes de registro son Bacalar, José María Morelos y Lázaro Cárdenas.
Tribunal federal avaló convocatoria para candidatos independientes
Cabe mencionar que, previamente, el IEQROO determinó excluir a Juan Bautista Espinosa Palma de la planilla de aspirantes independientes a miembros del ayuntamiento de Solidaridad, en caso de que ésta adquiriera el derecho a solicitar registro, en tanto no se aclarara si es o no dirigente municipal del PAN en dicho municipio.

Al mismo tiempo, solicitó al ciudadano a la directiva estatal del PAN, aclarar ese punto en un plazo de 24 horas.

Lo anterior se determinó en una sesión anterior, debido a una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que aunque declaró infundada una impugnación del PRD y el PAN contra la aceptación del registro de precandidatos independientes al ayuntamiento de Solidaridad, ordenó también al IEQROO verificar si Juan Bautista Espinosa Palma ostenta o no un cargo directivo dentro del PAN.

La Sala Superior del TEPJF determinó que el derecho de votar y ser votado tutela por igual a todos los ciudadanos, con independencia de militancia partidista, por lo que pueden postularse como candidatos independientes aquellos ciudadanos que militan en un partido político.

Sin embargo, el tribunal también fijó el criterio de que no pueden ser candidatos independientes quienes ostenten un cargo directivo, porque los dirigentes se encuentran en posibilidad de utilizar la estructura y organización de un partido político para alcanzar su registro como candidato independiente, lo cual anula la finalidad de permitir que los ciudadanos se postulen a cargos de elección sin ser respaldos por un instituto político.

El tribunal electoral federal también declaró infundadas las impugnaciones del PRD y el PAN contra del IEQROO y confirmó los términos de la convocatoria emitida para la participación de candidatos independientes.

En ese caso, declaró que no hay inequidad en materia de financiamiento, al señalar que los aspirantes a candidatos independientes se encuentran sujetos a los mismos límites de financiamiento privado que los precandidatos de los partidos políticos; además de que se corroboró el reglamento de fiscalización que prevé un procedimiento de verificación para supervisar los recursos que obtengan y apliquen.

El Tribunal también avaló el procedimiento para que los ciudadanos expresen su respaldo a los aspirantes independientes mediante su firma en un formato ante los órganos electorales y declaró sin fundamento la acusación de que el IEQROO vulnera el derecho a la información de los partidos, pues ellos pueden acceder a los expedientes y también solicitar en su caso la información que consideren pertinente, siempre que dicha solicitud y consulta no interfiera con los trabajos de las autoridades electorales para cumplir en tiempo y forma.